Este Juzgado Superior Estadal Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Abstención o Carencia, interpuesto por los ciudadanos Honoria María López y Ramón Ramos Villarroel, plenamente identificados, contra la Alcaldía del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: Se ordena a la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Turístico El Morro Licenciado Diego Bautista Urbaneja del Estado Anzoátegui, dentro de un lapso de Cinco (5) días hábiles, contado a partir de su notificación, emitir el correspondiente Acto Administrativo de respuesta a lo solicitado mediante la presente causa, por ciudadanos Honoria María López y Ramón Ramos Villarroel, plenamente identificados, de conformidad con el 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, para de esta forma restablecer la situación jurídica infrin.....