IV
DECISION
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal, Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Admisión de la demanda que por ACCION MERO DECLARATIVA DE CORRECCION DE ERROR MATERIAL EN DOCUMENTO DE VENTA DE INMUEBLE ha incoado la ciudadana CARLOTA DEL CARMEN MILIAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.301.650, asistida por la abogada en ejercicio ALEJANDRA SERRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 157.669, en contra del ciudadano DIONISIO RAMON VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad 2.672.855. Así se decide.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcel.....