este Juzgado SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por la ciudadana ANTONIETA DEL CARMEN MAROLO APONTE en contra del ciudadano ORLANDO FRANCISCO VALVERDE MARRERO, ambos anteriormente identificados, y se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los antes nombrados ciudadanos, por ante la Prefectura del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, en fecha 09 de Mayo de 1990, tal como consta del acta N° 131, inserta en los Libros de Registro Civil de Matrimonios, llevados por dicha Prefectura y agregada a los autos en copia certificada. Así se decide.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del juicio.-