Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIÒN, de los Ciudadanos: CARLOS EDUARDO GRIMON FERNANDEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8 281.409, natural de Barcelona- Estado Anzoátegui, fecha de nacimiento 09-12-73 de 34 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio T.S.U Seguridad Industrial, hijo de los ciudadanos José Grimon y Mary Fernández, residenciado Urbanización, Terraza del Mar, Torre 11, Piso 1, Apto 3, vía el Rincón hacia el Razetti, Estado Anzoátegui y ANGEL JOSE CUELLO FERNANDEZ quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.565.921, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, fecha de nacimiento 07-01-77 de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Ángel Cuello y Nancy .....