Este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMON RODRIGUEZ Y SAN JOSE DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA a los Ciudadanos: MARCANO DE BUCCILLI LUISA CARMEN, MARCANO MARCANO NELSON RAMON, MARCANO MARCANO JUAN JOSE, MARCANO MARCANO JOSEFINA DEL VALLE, MARCANO MARCANO LUIS ENRIQUE Y MARCANO MARCANO FAUSTINO DE JESUS venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-2.741.397, V-2.740.119, 4.045.169, V-4.003.625, V-4.504.427 y V-3.850.588; en su condición de Hijos, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los Causantes: FAUSTINO ANTONIO MARCANO Y CORNELIA RAMONA MARCANO, quien eran venezolanos, mayores de edad, Casados, titulares de las Cédula de Identidad Nros V- V-474.646 y V-483.120.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.-