Este Tribunal de Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Primero: SIN LUGAR, la cuestión previa opuesta por la parte accionada fundamentada en el artículo 346 ordinal 2° y 4°; Segundo: CON LUGAR la DEMANDA POR DESALOJO, interpuesta por el ciudadano: TANNOUS MOUAWAD NADERA, debidamente asistido de abogado, en contra de la ciudadana EMMA NOHEMÍ RIVERO PINO, ambas partes plenamente identificadas en autos. En consecuencia la parte Demandada deberá hacer entrega a la parte Actora, completamente desocupado, libre de bienes y personas; el inmueble signado con el Nº 35, con área aproximada de Treinta y Cuatro Metros Cuadrados con Setenta y Seis centímetros cuadrados (34,76 M2), cuyos linderos y medias son: NORTE: Local 34 en 8,90 metros; SUR: local 36-A en 4,85 metros mas suroeste en 1,18 metros; ESTE: Local 37 en 4,30.....