Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a favor del imputado DARWIN ENRIQUE PEÑA RIVERO, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 13.585.706, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 05-04-75, de 32 años de edad, de estado civil casado, profesión u oficio caletero, hijo de GILBERTO PEÑA (d) y MARIA ENCARNACION RIVERO (v), residenciado en: Bello Monte, la subida del Chispero, Casa Nº 50, Casa de ladrillos anaranjados con rejas de color blanca, al lado de la casa queda una bodega, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano RENE FRANCISCO CANACHA, todo de confo.....