Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA la LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN a favor de la ciudadana: CARLOTA DEL CARMEN AGRISONE, quien es venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-8.285.711, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 27/03/1970, de 35 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Mantenimiento, hijo de los ciudadanos MIRIAM GUAREPERO (df) y FRANCISCO AGRISONE, residenciado en Calle Eudo Pérez, Casa N° 24, Barrio Campo Claro, Barcelona, Estado Anzoátegui, de conformidad con el articulo 44 ordinal 1º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Remítase oficio al Instituto Autónomo de la Policía Municipal del Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, participándole de la decisión dictada por este Tribunal. Remítase las actuaciones en su oportun.....