Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio actuando en funciones de Tribunal de Control sección responsabilidad Adolescente, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Circuito Judicial Penal de El Tigre, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor del ciudadano SE OMITE, de conformidad con lo establecido en el numeral 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
A los Doce (12) días del mes de Enero de Dos Mil Cinco (2005), 194° y 145°. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
La Juez de Control
Abg. Adriana Mata Aguilera
El Secretario
Abg. Jesús Figueroa