el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio Nº 02, Acuerda la ejecución de dicho Decreto. En consecuencia, expídanse por Secretaria copias certificadas de dicho Decreto con inclusión del presente auto y remítanse junto con oficio, una al ciudadano a Prefecto del Municipio Bolívar, del Estado Anzoátegui, a objeto de que estampe la correspondiente Nota Marginal, en el Acta de nacimiento del niño YUNIOR JOSE, anotándose únicamente las palabras Adopción Plena quedando esta Partida privada de todo efecto Legal y oficio al Prefecto del Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui a los fines de que se sirva levantar una nueva Acta de Nacimiento al Niño YUNIOR JOSE, por las circunstancia de hallarse domiciliados en esa Jurisdicción los Adoptante del referido niño, en la cual no debe hacerse mención alguna del Procedimiento de Adopción ni de los Vínculos del Niño con sus Padres Consanguíneos y oficio al Registrador Principal del estado Anzoátegui. Todo de conformidad co.....