Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN, a favor de el imputadoSANTOS RAFAEL AMUNDARAY, quien dijo ser venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-12.531.389, natural del Estado Sucre, de 44 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Jardinero , hijo de los ciudadanos ANDRES TENIA,(F) Y JOSEFINA AMUNDARAY (V), residenciado en: LAS CASITA, SECTOR 5º, ASTILLERO, CASA Nº 05, CALLE Nº 03, ESTADO ANZOATEGUI..., de conformidad con los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los Artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. El procedimiento a seguir es el Ordinario. Líbrense los correspondientes oficios. Cúmplase.