Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 05, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor de la ciudadana YULIBER MONAGAS, portador de la Cédula de Identidad 14.190.417, natural del Tigre-Anzoátegui, de 25 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Comerciante, residenciada Calle Nueva Esparta, N° 25, Sector Los Yaquez, Puerto La Cruz-Anzoátegui; las siguientes medidas de protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal.
PRIMERO: Oficiar al Comandante de la Policía del Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección a la ciudadana YULIBER MONAGAS, en su condición de Víctima, siendo extensiva dicha medida a sus familiares que cohabitan con él.
SEGUNDO: La Vi.....