En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, propuesta por los ciudadanos HILDEMARO RAFAEL ALMERIDA FIGUERA y ANA ROSA RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-5.487.349 y 4.904.834 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Arturo González, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 40.097, disolviéndose por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre ellos el cual fue contraído por ante la Prefectura de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, en fecha 31 de Diciembre de 1.974, lo cual se evidenc.....