este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ALCIDES ELPIDIO RINCONES y LUISA MARÍA CARVAJAL LEVEL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.733.874 y V-8.293.146, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio Claudiver Castillo, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 100.166, disolviéndose por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante la Jefatura de Registro Civil, Parroquia Bergantín, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, lo cual se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 08, que corre inserta en copia certificada al folio numero 02 del.....