Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarle su condición de ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del causante Gonzalo Amarante Cazorla Rojas, a los ciudadanos: Carmen Teresa Velásquez de Cazorla, Gonzalo José Velásquez Cazorla, Teresa Del Valle Cazorla de Carmona, Moralia Josefina Cazorla De Salas, Irarquina Coromoto Cazorla Velásquez, Alescander José Cazorla Velásquez, Maria Auxiliadora Cazorla Velásquez, Luís José Cazorla Velásquez y José Luís Cazorla Velásquez , antes identif.....