DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD BAJO FIANZA, en contra del imputado RICARDO ANTONIO CEDEÑO DIAZ quien es venezolano, titular de la cédula de identidad 25.061.399, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 20-08-91, de 21 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, residenciado en: Manzana 20, Calle 2, Casa S/N, La Ponderosa, Barcelona, Estado Anzoátegui., por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley de Droga, cometido en perjuicio de la Colectividad, de conformidad con lo establecido en los artículos 242, numerales 3° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.