En consecuencia, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la Perención de la Instancia en el presente procedimiento de Tercería, intentado por la ciudadana Bárbara del Jesús Medrano Subero contra los ciudadanos Humberto Subero, Pedro Luis Subero Ostty, Arturo Rafael Subero Ostty, Maria Gabriela Subero Ostty, Ligia, Oswaldo, Rocio, Jesús Subero Vásquez, Pedro Subero Marcano, Nuncia Micaela Escobar de Subero, Héctor José, Carlos Alberto y Rocilys José Subero Escobar.- Así se decide.-
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despachos del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los dieciséis (16) días del mes de Abril del año dos mil diez. Años: 199° de la Independencia y 151° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. JESÚS S. GUTIERREZ D.
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