En el sub iudice, la parte demandante estimo la cuantía de la demanda en Bs. 3.725.000,00, equivalente a 21.045 U.T., evidenciándose claramente que la cuantía excede de tres mil (3.000) unidades Tributarias, razón por la cual este Tribunal, con fundamento en el artículo 1, de la Resolución Nº. 2009- 0006, de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº. 39.152, de fecha 02 de abril de 2009 que modificó a nivel nacional las competencias para conocer en primera instancia de los asuntos contenciosos en materia Civil, Mercantil y Tránsito, a los Juzgados de Municipio, categoría "C" en el escalafón judicial, "cuya cuantía no exceda de tres mil unidades tributarias (3.000 U.T)", tomando en consideración que la Unidad Tributaria fue oficializado su aumento a 177 Bs., conforme fue publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Nº. 39.152, de fecha 02 de abril.....