Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, interpuesta por la ciudadana ANA DEL VALLE VILLARROEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 8.300.782 en contra del ciudadano CARLOS RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.160.119, en consecuencia, se condena a la parte demandada al pago de las cantidades estimadas y reclamadas en el escrito de intimación de honorarios profesionales consistentes en PRIMERO: VEINTE MILLONES TRES MIL TRECIENTOS CON CERO CENTIMOS (Bs. 20.003.300,oo) por concepto de pago de honorarios profesionales, causados. SEGUNDO: Los intereses moratorios y la indexación correspondiente que se hayan generado desde la fecha que se intr.....