por Autoridad de la Ley, acuerda REVOCAR EL CONFINAMIENTO decretado a favor del penado ENRIQUE ANTONIO RUIZ CARREÑO, titular de la cédula de identidad N° 10.296.248, Venezolano, natural de Cantaura-Anzoátegui, donde nació en fecha: 05-07-1.969, de profesión Barman, residenciado en Calle La Línea, N° 50, Barrio Bella Vista, Puerto La Cruz-Anzoátegui, hijo de ENRIQUE RUIZ y NORA CARREÑO; quien se encontraba confinado en la Ciudad de Valencia del Estado Carabobo: Avenida Cedeño, con Calle Díaz Moreno, casa N° 50-A; por haber incumplido las condiciones impuestas en el Auto de fecha: 27-10-2.003, mediante el cual se decretó el Confinamiento y, se ordena su inmediata CAPTURA. Líbrese la correspondiente Orden de Captura y Boleta de Encarcelación a nombre del referido penado. Librense los oficios respectivos a los Organismos de Seguridad de la República, con sede en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo. Ofíciese a la Prefectura del Municipio Valencia del Estado Carabobo. Notifíquese a la.....