Se dictó auto interlocutorio declarándose inadmisible la presente demanda de tercería, en virtud de que la misma fue dirigida sólo a una de las partes intervinientes en el asunto prinjcipal, aunado a que dicha demandada no fue intentada en tiempo oportuno ya que dada la naturalñeza de la decisión dictada en el asunto principal, no existe nada que ejecutar en dicha causa, más que la condenatoria en costas.-