Désele entrada; anótese en los libros respectivos; en consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 01, Estado Anzoátegui, la admite, de conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal "C", en consecuencia, cítese a la ciudadana FRANMARY FERMIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-15.423.009, domiciliada en: El sector Parguarime, Calle La Escalera, Porlamar, Estado Nueva Esparta, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la presente demanda, mas dos días que se le concede como termino de distancia. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad, se verificara el Acto Conciliatorio a las once de la mañana (11:00 A.M), y el acto de contestación será entre las ocho y treinta minut.....