Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas aportadas y la revisión de las documentales esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: PRIMERO. DECLARAR CON LUGAR la solicitud incoada por la ciudadana JUANA CRISOGENE CEDEÑO PEINADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.455.453, domiciliada Barrio el Esfuerzo, calle el Milagro, casa sin numero, Municipio Bolívar, Parroquia el Carmen, Estado Anzoátegui y SEGUNDO: Designar como curador ad hoc, a la ciudadana LUISA BELTRANA MUJICA, .....