Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, con funciones de de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: Conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta SENTENCIA DEFINITIVA CONDENATORIA, en contra de la ciudadana MILEXI COROMOTO AREVALO, venezolana, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, titular de la cédula de identidad número 13.710.767, donde nació en fecha 01-06-74, de 31 años de edad, de profesión u oficio del hogar, de estado civil soltera, hija de los ciudadanos: OMAIRA AREVALO y ROBERTO CONTRERAS, residenciada en el Tejar de Píritu, Sector Primero de Mayo, Casa Sin Número Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Ps.....