Este Tribunal, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición legal expresa, la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 99 de la Ley de Estatuto de la Función Pública CITESE, al ciudadano Comandante General de la Guardia Nacional Bolivariana, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los quince (15) días de Despacho siguientes a que conste en autos su citación y la notificación tanto del Ministro del Poder Popular para la Defensa, como del Procurador General de la República, a fin de dar contestación a la demanda. Se ordena solicitar al Procurador General de la República, el expediente administrativo relacionado con la presente causa, para que lo remita a este Tribunal.