En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, propuesta por los ciudadanos FRANCISCO BOADA MARCANO Y FRANCIA MARIA MARTINEZ BOADA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-7.005.889 y V-4.496.782 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JESUS MILLAN LEON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 28.100 disolviéndose por consiguiente el vínculo matrimonial existente entre ellos el cual fue contraído por ante la Primera Autoridad Matrimonio Civil del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, lo.....