En virtud de la incomparecencia de la parte demandante, a la celebración de la audiencia preliminar en fase de mediación, sin que se justificara su inasistencia, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO de Demanda de CUSTODIA, presentado por la Fiscalía Décima Tercera Especial Del Ministerio Publico De la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abogada LORYANA DECENA RAMIREZ, a requerimiento del ciudadano JOSE JAVIER SANCHEZ FRIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 24.830.467, domiciliado en calle Vista Alta, Sector el Gocho, casa S/N, Vía el Rincón San Diego, Municipio Sotillo Estado Anzoátegui, Teléfono 0416-2812017, en contr.....