Este Juzgado Superior Estadal Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el ciudadano Héctor José Martínez Osorio, asistido en este acto por el Abogado Reimundo Mejias la Rosa, ambos ya identificados, contra el Instituto Autónomo Policía del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por tratarse de un Ente de la Administración Pública.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente decisión.