Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA DEL JOVANNY ENRIQUE ARRIETA DELGADO, venezolano, cédula de identidad N° 10.083.470, natural de Maracaibo-Zulia, nacido en fecha: 07-01-1.967, DE 41 años de edad, taxista, hijo de los ciudadanos: LUIS ARRIETA Y EMERITA DELGADO, domiciliado URBANIZACIÓN SAN FRANCISCO, CALLE 29, DE ABRIL, N° 37, MARACAIBO-ZULIA; de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. El Procedimiento a seguir es el Ordinario. Líbrese Oficio de libertad del referido imputado. Asimismo se acuerda remitir oficio al Alguacilazgo a los fines de ingresar en el libro de presentación de imputados al ciudadano JOVANNY ENRIQUE ARRIETA DELGADO. Cúmplase.
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