RESOLUCION
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad, en favor del imputado ARGENIS DARIO PLANCHART LEIVA, quien dijo ser venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 16.478.249, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 14-11-1.984, de 19 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión ú oficio Obrero, hijo MERIS LEIVA (V) y JULIAN PLANCHART (V), residenciado en Calle El Limón, La Pedrera, Casa N° 21, Las Charas, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinales 3°, 4° y 8° del Código Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 258 ejusdem. El procedimiento a aplicar es el Ordinario. Líbrese el correspondie.....