En consecuencia se acuerda lo siguiente: 1) Cítese a la ciudadana ADRIANA DEL CARMEN ALCALA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.222.026, domiciliada en la Calle Nº 02, Casa Nº 07, Sector 03, Urbanización Boyacá II, Municipio Simón, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante esta Sala de Juicio N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, al segundo (2do) día de Despacho siguiente a su citación a las diez y treinta de la mañana (10:30.a.m.), a los fines de que exponga lo que crea conveniente con relación a la presente solicitud. Con la advertencia que el día de la comparecencia la Juez intentará una conciliación entre las partes, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.) y de no lograrse la misma, procederá a oír todas las excepciones y defensas cualquiera que sea su naturaleza, las cuales resolverá en Sentencia Definitiva, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 de la Ley Orgán.....