en consecuencia, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, en uso de sus Atribuciones legales, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Nombrar a la ciudadana ANNABELL RODRIGUEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.830.066, domiciliada en Casa Bote A, Calle 1, Casa No. 10 de la ciudad de Puerto La Cruz del Estado Anzoátegui, como TUTOR INTERINO de los adolescentes (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), la cual ejercerá la Responsabilidad de Crianza de manera Provisional; así mismo, se acuerda Oír la opinión de los adolescentes arriba mencionados, de conformidad con lo establecido en el articulo 80 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y.....