DECISION:
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en la solicitud de titulo supletorio sobre un vehiculo MARCA CHRYSLER, TIPO SEDAN, MODELO 1994, COLOR ROJO ATARDECER, SERIAL DE CARROCERIA 8C3X453RV080214, SERIAL DEL MOTOR 6 CILINDROS, CAPACIDAD 5 PUESTOS, STOCK 83110100, PESO KG 1.460, PLACA YEA 169, CAT CP41 CRYSLER LE BARON, formulada por el ciudadano LIOBER MANUEL LOPEZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.930.089, debidamente asistido la abogada en ejercicio Mariela Randon Estaba, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 60. 084, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el artículo 267 del Código de Pr.....