Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al imputado NIUMAN ENRIQUE FRANCO ALFARO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.189.400, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en 02/11/1979, de 28 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de: FREDDY FRANCO (F) y NIURCA ALFARO (V), residenciado en: el Barrio 29 de Marzo, Calle 4. Casa N° 1, Barcelona, Estado Anzoátegui, cerca del Estadium; por la comisión del delito de POSESION ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; todo de conformidad con lo establecido en del Articulo 256, ordinales 3º Y 4º del articulo Código Orgánico.....