DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Conforme al artículo 482, última aparte del Código Orgánico Procesal Penal, se reformula el cómputo de la pena impuesta al penado JOSE LUIS BARRETO BENITEZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.982.545, previa Redención de la Pena por el Trabajo y el Estudio, por la comisión de los delitos de SECUESTRO, previsto y Sancionado en el articulo 462 del Código Penal, cometido en perjuicio de OSWALDO RIVERA y TERESA RODRIGUEZ, VIOLACION, previsto y sancionado en el articulo 375 del Código Penal, cometido en perjuicio de MARIA BERMUDEZ, YIMMY CAYAMO y MARIA FRANCESCHI, y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en relación c.....