el Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho.- Désele entrada y el curso legal correspondiente.-Notifíquese a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial que conozca de esta materia, para que en un lapso de diez (10) días de Despacho contados a partir de su notificación manifieste al Tribunal su opinión acerca de la presente solicitud.- En consecuencia se ordena la citación del ciudadano: JORGE ALEXANDER GUEVARA CARRILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 10.145.504, residenciado en la ciudad de Achaguas Estado Apure, Urbanización Santa Bárbara, calle principal, casa Nº B-04, Municipio Achaguas, estado Apure, que debe comparecer por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, màs tres (03) días que se le conceden como termino de la distancia, en horas comprendidas de.....