Este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: DECLINA LA COMPETENCIA AL TRIBUNAL DEL MUNICIPIO FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, con sede en Pariaguan, para que conozca de la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana MARIA GUADALUPE PORIETT PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.935.428, debidamente asistido por la abogada LITCELYS FLORES LINO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.412, en virtud de la competencia por el territorio por cuanto del Acta de defunción, se observa que el último domicilio del de cujus LUIS ANTONIO PORIETT PAREDES, fue Calle Bolívar casa s/n de la Parroquia Boca del Pao, Municipio Francisco de Miranda, Estado Anzoátegui.- Y así se declara.- .....