Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a la imputada YENNI JOSEFINA ARREAZA CASTILLO, quien es venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-14.516.646, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 12-02-1976, de 28 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, hija de los ciudadanos ALIRIO CESAR ARREAZA (v) y MELANIA DEL VALLE CASTILLO (v), residenciada en el Viñedo, Sector Domingo Barrio, Parcela 163, Manzana 12, Calle Alegría, N° 02, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delito de LESIONES PERSONALES GRAVES y TRATOS CRUELES E INHUMANOS, previstos y sancionados en los artículos 417 del Código Penal Venezolano vigente y 254 de la Ley Orgánica para la Protección.....