Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del ciudadano ALEXANDER JOSE RONDON ESCALONA en su condición de víctima, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-16.252.085, de profesión u oficio albañil, residenciados en la Calle Urdaneta casa Nro. 16, Guamachito, Barcelona, GABRIEL JOSE RONDON ESCALONA, de nacionalidad venezolana, de profesión u oficio custodio de Valores, residenciados en Calle Urdaneta, casa Nro. 16, Guamachito Barcelona,, titular de la cédula de identidad nro. 16.252.084, las siguientes medidas de protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal:
PRIMERO: Oficiar al Comandante de la Policía Municipal de Bolívar del Estado Anzoátegui, para que se sirva tom.....