el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicha transacción, en los mismos términos y condiciones establecidos por ellos; en el juicio por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA, incoado por la Sociedad Mercantil DISTRINORCA, contra la Sociedad Mercantil ORGAR CORPORACION, C.A..Expídanse copias certificadas del escrito transaccional así como del presente auto, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.-