en consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la presente solicitud, con ocasión a la solicitud de Jurisdicción Voluntaria DIVORCIO 185, en concordancia con la Sentencia 1070 de fecha 09-12-2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por el ciudadano JHONATAN ALEJANDRO MARIÑO MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.636.117, debidamente asistido en este acto por la Defensora Publica Quinta del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Abg. MARANLLELY RAMIREZ, mediante la cual solicita la disolución del vínculo conyugal, en contra de la ciudadana SANDIMER DAYANA ARISMENDI MENDEZ, venezolana, m.....