esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud planteada por la ciudadana MARLY JOSEFINA MAESTRE ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.995.740, domiciliada en la población de Cantaura, Municipio Pedro María Freites, Del Estado Anzoátegui debidamente asistida por el abogado JOSE FRANCISCO MORALES, inscrito Inpreabogado bajo el Nº 50.864. SEGUNDO: Se DECRETA como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano de cujus WILBERTH JOSE GONZALEZ VASQUEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de cédula de identidad Nº V-6.114.786, fallecido el día 18 de Junio del 2012, en la población de Cantaura, Municipio Pedro María .....