En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes y acuerda; PRIMERO: Declarar Con Lugar, la SOLICITUD DE EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, presentada por la ciudadana GABRIELA ALEJANDRA ALLEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.388.017, y de éste domicilio, debidamente asistida en este acto por la Defensora Publica Segunda de Protección e Niños, Niñas y Adolescentes del estado Anzoátegui, ABG. JEANETTE BERRIOS, en donde se encuentran involucrada la niña ALEXA AINHOA LOPEZ ALLEN, actualmente de nueve (09) años de edad, nacida en fecha 24/05/2015, hija del ciudadano RICARDO ALFREDO LOPEZ VALERIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-16.182.658, quien se encuentra residenciado .....