En razón de la documentación aportada con la solicitud en referencia, y de las declaraciones rendidas bajo juramento por el ciudadano antes mencionado, este Tribunal, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos CARMEN MARIA ROJAS VEGA, MARIA CONCEPCION VEGA GUERRA, JUAN ANTONIO ROJAS VEGAS, FRANKLIN JOSE ROJAS VEGAS y YENIFFER CAROLINA ROJAS VEGAS, venezolanos, mayores de la edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.766.170, 5.57.367, 15.873.673, 17.729.326 y 17. 236.626, respectivamente, sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara LUIS GUILLERMO ROJAS, fallecido en fecha 20 de diciembre de 2011, a la edad de 72 años, de estado civil casado, con cédula de identidad Nro. 1.176.995, conforme consta de copia certificada de Acta de Defunción, a la que se ha hecho referencia precedentemente. Quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo di.....