Este Tribunal, con vista a la documentación acompañada a la solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos antes mencionados, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles a los ciudadanos OLINT DE JESUS BRICEÑO GARCIA, OLINDA MARIA BRICEÑO GARCIA, ORIANNIS DEL VALLE BRICEÑO GARCIA, AMARILIS MARIA CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.719.836, 16.719.837, 25.993.751 y 8.335.405, respectivamente, sus condiciones de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara, OLINTO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.464.560, domiciliado en Residencias Virgen del Valle Casa, Nro 15, Puerto La Cruz, del Estado Anzoátegui; falleció en fecha 28 de enero de 2018, a las 8:30 AM, en el Municipio Sotillo de Puerto La Cruz del Estado Anzoátegui. Conforme consta del Acta de Defunción. Quedando en todo.....