DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: FREDDY JOSE MARCANO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº INDOCUMENTADO, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha: 09/04/85, de 23 años de edad, de estado civil en Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Freddy Marcano y Eleida Josefina Acosta, residenciado en Calle 8, Vereda 14, casa 23, Tronconal III, Barcelona, Estado Anzoátegui; de conformidad con lo previsto en el artículo 256 ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en: Presentación periódica cada OCHO (08) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y Prohibición de salir de la jurisdicción del Tribunal sin su a.....