Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, al imputado FREDERICK HUMBERTO ESCALONA ECHEVERRIA, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.432.106, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05-02-1980, de 28 años de edad, de estado civil casado, de Profesión u oficio Taxista, hijo de Freddy Alberto Escalona y Marisol Echeverría, residenciado en Urbanización Oropeza Castillo, Sector 2, Casa Nº 165, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui; por la comisión de los delitos de USO DE DOCUMENTO FALSOS O ALTERADOS, previsto y sancionado en el Artículo 322 del Código Penal y CAMBIO ILICITO DE PLACAS DE VEHICULOS AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del E.....