Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al ciudadano JESUS ALBERTO TOUSANIT GUZMAN, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 02-08-88, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.013.632, de estado civil soltero, de profesión u oficio: Estudiante, hijo de los ciudadanos JESUS TOUSANYT y MIRIAN GUZMAN, residenciado en: CALLE PRINCIPAL DE SIERRA MAESTRA, AL LADO DE UN CENTRO DE COMUNICACIONES, teléfono 0281-4186054, PUERTO LA CRUZ; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal Vigente, todo de conformidad con los artículos 250 en sus numerales 1°, 2° y 3°, 251, ordinales 1°, 2° y Parágrafo Prime.....