Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en el presente asunto contentivo de recurso de INVALIDACION DE SENTENCIA, propuesto por el ciudadano HUGO RAFAEL LOPEZ AGUIRRE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 3. 671. 141, actuando con el carácter de Presidente de la sociedad mercantil AUTO TALLERES CAPITAL S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de esta Circunscripción Judicial, en fecha 28 de agosto de 1992, bajo el Nº. 25, Tomo A- 60, y cuya última modificación se realizara en fecha 1º de febrero de 1995, anotada bajo el Nº. 46, tomo A-6, del respectivo Registro Mercantil, debidamente asistido por el abogado José Gregorio Gil García, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 69. 881, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido más de un año.....