Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Dra. MARÍA BARRETO FUENTES, en su carácter de Defensora Pública Penal del ciudadano ANTHONY JOSE MENDOZA, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad V- 17.871.150contra la decisión publicada en fecha 15 de Abril de 2008, por el Tribunal Itinerante de Juicio N° 13, de este mismo Circuito Judicial Penal, extensión El Tigre, mediante la cual condenó al referido acusado, a cumplir la pena de DIECISEIS (16) AÑOS DE PRESIDIO, por considerarlo autor de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en los artículos 458, 277 y 470 del Código Penal Venezolano vigente para el momento de los he.....